martes, 23 de noviembre de 2010

Introducción a los Seguros de Accidentes

¿Qué es un Seguro de Accidentes?

Hay dos tipos de seguros de accidentes, el más habitual es el que cubre las 24 horas del día y el menos común pero también muy contratado es el que cubre sólo en horario laboral, más los desplazamientos al centro de trabajo.

De igual forma hay distintas coberturas, las dos principales son fallecimiento e invalidez absoluta. También se puede contratar invalidez parcial según baremo.

Y por último, cabe añadir que el accidente se puede especificar con más capital en caso de que el accidente sea de tráfico, normalmente con el doble del capital asegurado en caso de accidente de cualquier tipo excepto tráfico.

En el precio del seguro de accidentes influirán además del capital asegurado, la edad, y de manera especialmente significativa, la profesión de la persona a asegurar, llegando incluso en determinadas profesiones de mayor riesgo a no ser posible su contratación.

Más información y precios de seguros en el blog de seguros

domingo, 14 de noviembre de 2010

Precio de Seguro de Vida

Acceder a precio para un seguro de vida en internet es muy sencillo, debemos tener en cuenta que los tarificadores automáticos pueden llevarnos a error, ya que muchos de ellos no nos preguntan por la profesión, que debemos indicar en observaciones y mejor si son formularios de agencia de seguros que tratarán personas, ya que una mala identificación del riesgo puede terminar provocando la contratación de un seguro de vida o accidentes con errores en la descripción y naturaleza exacta del riesgo por falta de veracidad en los datos del asegurado y estaríamos pagando un seguro de vida que no serviría de nada en caso de siniestro, ya que las Compañías de Seguros, antes de indemnizar, revisan todo meticulosamente.

¿Lo mejor? Tratar con una página web de agencia de seguros pero que también tenga atención telefónica personal, para poder exponer el caso concreto una vez que veamos que las coberturas y precio del seguro ofrecido nos puede ser de interés, de esta manera haremos la combinación perfecta seguros-internet, tendremos la rapidez y comodidad de internet y el asesoramiento en seguros necesario para contratar un seguro útil.

Precios de Seguros de vida

Información de seguros de Vida

miércoles, 27 de octubre de 2010

Seguro de Vida decreciente

Un seguro de vida decreciente se denomina al seguro de vida riesgo cuyo capital decrece anualmente en base al capital que falta por amortizar del prestamo al que está vinculado.

De esta forma, se garantiza siempre que el capital asegurado en caso de fallecimiento es igual al que se debe a la entidad Financiera, paganso sólo el seguro exacto necesario para que el prestamo quede resuelto.

La prima de estos seguros variará a la baja año a año dependiendo del capital que se vaya amortizando, pero como los seguros de vida se encarecen al ir cumpliendo más edad y por lo tanto, tener más riesgo de fallecimiento estadísticamente, no se notará tanto como a priori cabe esperar.

Para un cliente medio que sólo tiene este tipo de seguro vinculado a una hipoteca, suelen dejar el capital principal inalterable, y así se garantizan que además del capital que falte por pagar del prestamo, los beneficiarios recibirán la parte sobrante que, seguro, les será de ayuda en esos momentos.

¿Lo mejor? Realizar los seguros de los prestamos decrecientes pero tener contratado otro seguro de vida para proteger a los beneficiarios en caso de fallecimiento con un capital deacuerdo con el nivel económico de cada familia.

domingo, 10 de octubre de 2010

¿Por qué un Seguro de Vida?

En España se mantienen contratados de manera masiva los seguros de decesos, un seguro que deja a la familia sin tener que pagar ni gestionar el sepelio del fallecido, un acierto, ya que en los difíciles momentos de la desaparición de un Ser Querido, nadie tiene fuerzas absolutamente para nada, pero,

¿y después? ¿en qué situación queda la familia?

Esta es la pregunta clave para entender la naturaleza real de tener contratados seguros de vida.

Un Seguro de vida facilita a la familia una cantidad económica suficiente para que a la ya dolosa pérdida, no se unan problemas económicos graves, ya que si fallece la persona que lleva los ingresos a casa, una pensión de viudedad no será suficiente para mantener un nivel de vida acorde con el que se desarrollaba en vida.

En caso de contar con hijos menores, estos problemas pueden ser a´´un mayores, ya que los gastos que soportamos al tener descendencia más o menos numerosa, son como sabemos, unos gastos muy difícil de soportar con un solo cónyuge trabajando.

Si tenemos una hipoteca, ya tendremos un seguro de vida unido a esa deuda pendiente, pero no será suficiente para dejar a la familia en una buena situación.

miércoles, 29 de septiembre de 2010

Cambiar el seguro de vida de la hipoteca

¿Se puede cambiar el seguro de vida de la hipoteca?

Sí, sin problema ninguno, puede cambiar de aseguradora y en banco no le podrá decir nada.

Si su seguro de vida no está ligado a mejoras en el tipo de interés a aplicar en renovaciones, usted tiene la obligación de colocar una clausula a favor de la Entidad financiera y nada más, no tiene porqué tenerlo con ellos o su aseguradora.

Cambiando este seguro puede optar a mejoras precios y contará con la compañía que usted quiera, por confianza o para tener una agencia de seguros a su disposición cuando necesite hacer algún cambio en el seguro, no el banco para todo".

Vea precios de seguros de vida y comparando con su actual seguro verá que puede ahorrar dinero y mejorar incluso la cobertura actual, ya que las compañías de seguros tienen productos completos concretos en vida más avanzados que los ofrecidos al firmar un prestamo hipotecario.

jueves, 9 de septiembre de 2010

Seguros de Vida con regalos

Pues sí. Ahora, en Agencia de Seguros Fiatc si se contrata un seguro de vida con prima anual mayor de 170 euros, y se paga anual o semestral, te regalan un tensiómetro digital de muñeca y unos altavoces para iphone o ipod.

Si además nos mejoran el precio, habrá que estudiarlo al menos.

Si quiere recibir proyecto visite la web de Seguros de vida es una oferta vállida hasta el 31 de diciembre de 2010 y sólo en esa agencia.

También se puede llamar al teléfono gratuito 900 850 073

viernes, 27 de agosto de 2010

Registro de Seguros de vida

Copiamos de la página del Ministerio de Justicia, esta útil información sobre el Registro de Seguros de vida:


El Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es un registro público, dependiente del Ministerio de Justicia cuya finalidad es suministrar la información necesaria para que pueda conocerse por los posibles interesados si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento, así como la entidad aseguradora con la que lo hubiese suscrito, a fin de permitr a los posibles beneficiarios dirigirse a ésta para constatar si figuran como beneficiarios y, en su caso reclamar de la entidad aseguradora la prestación derivada del contrato.

Organización Organización

La gestión centralizada se llevará en el Registro General de Actos de Última Voluntad de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que tendrá la condición de responsable del fichero, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, y ante la cual podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en dicha Ley.

La información contenida en el Registro gozará de presunción de veracidad respecto de la existencia del contrato, a efectos informativos, salvo prueba en contrario.

Qué contratos de seguro figuran en el Registro Qué contratos de seguro figuran en el Registro

Los contratos de seguro, cuyos datos han de figurar en el Registro, son los relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.

Se excluyen del ámbito del Registro:

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a) Los seguros que instrumentan compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios regulados en el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre.
*
b) Los seguros en los que, en caso de fallecimiento del asegurado, coincidan el tomador y el beneficiario.
*
c) Los contratos suscritos por mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial, mutualidades de profesionales colegiados y mutualidades cuyo objeto exclusivo sea otorgar prestaciones o subsidios de docencia o educación.


Qué datos contiene el Registro Qué datos contiene el Registro


a) Datos identificativos de la persona asegurada:

1.° Nombre y apellidos.

2.° Número del Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación Fiscal o número del documento acreditativo de identidad que en cada caso corresponda.

b) Datos identificativos de la entidad aseguradora:

1.° Denominación social.

2.° Domicilio.

3.° Clave administrativa con la que figura inscrita en el registro administrativo de entidades aseguradoras y reaseguradoras previsto en el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en su normativa reglamentaria de desarrollo.

4.° Código de Identificación Fiscal.

c) Datos identificativos del contrato de seguro:

1.º Número de contrato o referencia al Reglamento de Prestaciones de la Mutualidad de Previsión Social, en su caso.

2.° Tipo de cobertura.



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Este registro es útil cuando, tras el fallecimiento, se desconoce si la persona fallecida tenía seguro de vida. al ser obligatorio para las Entidades Aseguradoras incluir en el registro todos los seguros con cobertura de fallecimiento, se consigue así, con esta obligatoriedad, que no se pierdan indemnizaciones. Esta interesante medida fue adoptada en 2006.

sábado, 14 de agosto de 2010

Enfermedades graves

Una cobertura que ha aumentado presencia en las ofrecidas por las compañías de Seguros de Vida e la llamada "Enfermedades Graves".

Esta cobertura opcional nos garantiza el capital asegurado en caso de que nos detecten una enfermedad grave, sin necesidad de que se produzca el fallecimiento. Estas enfermedades graves se limitan a las que deben aparecer en el condicionado Particular y/o general del seguro de vida.

El capital asegurado puede ser del 100% del principal o en ocasiones, del 50%, sin duda para abaratar prima.

Este capital podrá ser útil para encontrar una solución médica a la enfermedad, intentando superar con medios avanzados la enfermedad grave cubierta por el seguro de vida. El pago de la indemnización por parte de la Compañía deberá ser rápido, con tramitación urgente del expediente. Es una prueba para la compañía.

El pago de esta indemnización dejará sin efecto el seguro, es decir, no será acumulativa con el fallecimiento. no obstante el continúo cambio en las particularidades de ofertas de seguros de vida hace recomendable estudiar cada póliza de seguro por separado. si lo desea, solicite presupuesto de Seguro de vida con Enfermedades Graves en Seguros de vida podrá conocer más sobre esta nueva cobertura del seguro.

sábado, 7 de agosto de 2010

Anular seguro de Vida

La anulación de un seguro de vida se realiza avisando a la Entidad Aseguradora con 60 días de antelación según la Ley; y se hace por medio de un fax o burofax a la Compañía.

La obligación de la compañía es avisarnos de la subida anual con antelación, si no se hace, también se podrá anular por disconformidad con el importe.

Siempre se debe avisar al banco que no acepten recibos de la compañía de Seguros X, por si acaso hacen caso omiso de la petición de anulación del seguro.

Si el seguro de vida es con un banco o caja de ahorros con vinculación hipotecaria, deberemos colocar clausula en el nuevo seguro de vida a favor de la Entidad Financiera y justo por el capital que falta por amortizar del prestamo.

El cambio de compañía es beneficioso por precio, aunque debemos cuidar que la contratación del seguro con el banco no va unido a una rebaja del diferencial del prestamo y aunque lo este, a veces merece la pena acambiar porque ahorraremos más con el seguro que pagando un poco más por la hipoteca. Es decir, a veces no tener el seguro con el banco nos puede suponer un amento del diferencial del 0.05 ó 0.1 y pagar ente 6 y 12 euros más almes por la hipoteca, pero ahorrar en el seguro de vida 190 euros al año entre los 2 cónyuges. Todo es calcular y comparar correctamente.

lunes, 2 de agosto de 2010

Seguros de Vida para no fumadores

Muchas compañías nos ofrecen a los no fumadores seguros de vida específicos y exclusivos. Lógicamente las primas a pagar son menores, ya que la estadistica es la Ley en los seguros y los no fumadores tenemos más esperanza de vida, es decir, somos más rentables a las compañías de Seguros.

Existen incluso pruebas de usar y tirar en tiras para saliva que se adjuntan a las solicitudes de seguros de vida como comprobante de que no se fuma y no se ha fumado en los 3 años anteriores a la solicitud del seguro.

Hay que hacerlo constar siempre al preguntar en la Agencia de Seguros el precio del seguro de vida, y nos ofrecerán los mejores precios con descuentos por menor siniestralidad.

Fiatc Seguros, Alico, Estrella, Seguros Patria Hispana, las mejores Compañías más avanzadas tienen muy en cuenta este factor. Aprovechemoslo!!

miércoles, 28 de julio de 2010

Seguros de Convenio

Dentro de los conveniod de cada sector, puede incluirse la obligatoriedad de contratar un seguro para cada trabajador con unas coberturas y capitales específicos. Estos seguros se denominan comunmente "Seguros de convenio", aunque tecnicamente son, en realidad, seguros de vida y/o acccidentes.

Por desconocimiento muchas empresas no tienen contratados estos seguros y en caso de inspección sufren multas importantes.

Las coberturas comunes son muerte por accidente laboira, invalidez por misma causa, accidente de circulación y vida.

Los capitales entre 24000 y 58000 euros, pero cada convenio los fija de una manera concreta.

Estas pólizas se contratan según el número de trabajadores en el momento del alta de la póliza, y se regulaizan a cada vencimiento según la variación de trabajadores empleados.

La Compañía se ocupa de las variaciones que pudiesen producirse a la firma de cada nueva revisión del convenio.

Vea Precio de Seguros de Convenio

jueves, 22 de julio de 2010

Doble Triple en Seguros de Vida

Vamos a explicar qué es eso del doble triple en seguros de vida ya que hay usuarios que no lo tienen muy claro.

Cuando se contrata un seguro de vida, se contrata como garatía principal el fallecimiento, póngamos el ejemplo de 100000 euros en caso de fallecimiento.

Se suele añadir en la mayoría de pólizas de seguro la invalidez, serían 100000 euros si ocurre esa invalidez.

En estos 2 casos se tiene derecho a percibir la indemnización sea cual sea la causa del hecho (fallecimiento o invalidez).


Al margen de estas coberturas principales se puede añadir con caracter de acumulativo, el siguiente tramo, por accidente, con esta nueva garantía se añade al capital principal uno igual si el fallecimiento o la invalidez se produce por accidente, es decir, si ocurriese, la indemnización sería de 200000 euros, 100000 de la principal y 100000 más por la ccobertura de accidente. Estariamos ante el doble.

Y por último se puede añadir a las anteriores por accidente de tráfico, y en ese caso de ocurrir el fallecimiento o la invalidez por accidente de tráfico, se tendría derecho a indemnización de 300000 euros, 100000 euros por el principal, 100000 más por accidente y estos 100000 euros más por haber ocurrido en accidente de tráfico. Aquí tenemos el Triple.

Lógicamente añadir doble o triple sube la prima del seguro. ¿Ha quedado claro? Eso esperamos.

domingo, 18 de julio de 2010

Consejos en Seguros de Vida Hipotecarios

Vamos a conocer unos pequeños consejos básicos a tener en cuenta al renovar un seguro de vida hipotecario.

El seguro de vida hipotecario no es más que un seguro de vida del que es beneficiario el banco o caja con el que tenemos la hipoteca. Esa entidad financiera nos obligará a colocar una clausula en la que el beneficiario en caso de fallecimiento sea el banco y así garantizarse el cobro del prestamo hipotecario.

Consejos a tener en cuenta:

- No es obligatorio tener el seguro contratado con el banco o caja.
Normalmente en una compañía de seguros el seguro de vida es más barato.
en caso de tener asociado un diferencial en el tipo de interés a aplicar en el prestamo habrá que estudiar si merece la pena cambiar o no, pero ese es el único caso en el que tendriamos una razón para quedarnos con el seguro del banco.

- El capital asegurado ha de ser solamente igual al capital que nos falte por amortizar de la hipoteca, es decir, el que aún debemos. el seguro ha de bajar año a año de capital asegurado.
En cualquier caso si se produce el fallecimiento, el capital restante se indemnizará a los herederos legales.

- Si la hipoteca está a nombre del matrimonio, se ha de colocar un 50% a cada conyuge si trabajan los dos (Este es el consejo general en seguros de vida).
Como norma se debe aconsejar que se cargue más capital a aquien lleva lños ingresos a casa ya que en caso de que falte, es cuando más problemas económicos se sufrirán.

- Buscar la mejor opción. Existen en el mercado muchas compañías de seguros de vida, hay que buscar seguros en internet, comparar y abaratar el gasto en un seguro como este en el que no hay diferencias de coberturas, ya que en las garantías principales de un seguro de vida hipotecario (fallecimiento e invalidez) "simplemente" se tendrá derecho a la indemnización y punto. Sea cual sea la Compañía aseguradora.